El régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) es un régimen voluntario del IVA pensado para titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras. No exige declaración trimestral de IVA y permite cobrar una compensación al vender productos al adquirente.

Quién puede acogerse

RequisitoDetalle
Tipo de actividadagrícola, ganadera, forestal o pesquera
Tamaño de explotacióndentro de los umbrales fijados por la norma
No estar excluidopor superar volumen de operaciones u otros límites
Renunciaposible, pasando al régimen general durante un mínimo de años
Compatibilidadcon regímenes específicos de IRPF

Consulta los importes y exclusiones vigentes en la Agencia Tributaria .

Cómo funciona la compensación

ConceptoDetalle
Régimensin obligación de repercutir IVA
Compensaciónporcentaje sobre la venta abonado por el comprador
Reembolso del IVAmediante la compensación, no por declaración
Documentorecibo justificativo firmado por el comprador
Tipo aplicabledistinto para productos agrícolas/forestales y para ganaderos/pesqueros

Operaciones excluidas

  • Transformaciones, elaboraciones o manufacturas de productos.
  • Ventas en establecimiento fijo fuera del lugar de explotación.
  • Ventas en mercados centrales con local cerrado.
  • Importaciones y adquisiciones intracomunitarias en algunos casos.
  • Servicios accesorios a otros titulares fuera de la actividad.

Obligaciones formales

  • Llevar libro registro de operaciones del régimen.
  • Conservar los recibos de compensación emitidos por los compradores.
  • Presentar el Modelo 309 cuando proceda por adquisiciones específicas.
  • Declarar la compensación en la Renta como mayor ingreso.
  • Comunicar variaciones en el censo (Modelo 036/037).

Cierre

El REAGP simplifica el IVA en el sector primario, pero exige conocer bien las exclusiones. Combínalo con una contabilidad ordenada , revisa la cuota de autónomos por tramos y planifica con tus obligaciones fiscales . Ver precios .