El Modelo 347 es la declaracion informativa anual de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 EUR (IVA incluido) realizadas con un mismo cliente o proveedor a lo largo del ejercicio. No genera ningun pago: su funcion es de control cruzado. Hacienda compara lo que tu declaras con lo que declara la contraparte, y cualquier descuadre dispara un requerimiento automatico. Por eso, aunque sea “solo informativo”, conviene cuidarlo dentro del conjunto de tus obligaciones de IVA e impuestos.

Que se declara en el Modelo 347

Se incluyen las operaciones acumuladas anuales con un mismo tercero que superen el umbral, sumando ventas o compras segun el caso. Buena parte de las exclusiones se deben a que esas operaciones ya se informan en otros modelos, de modo que duplicarlas generaria precisamente los descuadres que el 347 quiere evitar.

OperacionesModelo 347
Operaciones interiores con clientes/proveedoressi, si superan 3.005,06 EUR
Operaciones intracomunitariasno (se informan en el Modelo 349)
Importaciones y exportacionesno
Operaciones ya incluidas en el SIIno, ya estan informadas
Cobros en metalico > 6.000 EURsi, con detalle aparte

Conviene tener claro el limite con las operaciones intracomunitarias: si las clasificas mal, pueden colarse en el 347 por error y descuadrar con tu propio 349.

Plazo y forma de presentacion

El Modelo 347 se presenta en febrero del ano siguiente al ejercicio declarado y la presentacion es siempre telematica a traves de la sede electronica de la AEAT.

ElementoDetalle
Periodoano natural
Plazo habitualhasta el 28 de febrero
Presentacionsede electronica de la AEAT
Desglosetrimestral por contraparte
Importescon IVA incluido

Un detalle propio del 347 frente a otros modelos: la informacion se aporta desglosada por trimestres para cada cliente o proveedor, no como una sola cifra anual. Ese desglose es justo donde aparecen la mayoria de las diferencias. Tenerlo presente al cerrar cada trimestre, junto al calendario fiscal de la Agencia Tributaria, evita sustos en febrero.

Por que genera tantos requerimientos

Cuando dos empresas declaran cifras distintas para sus operaciones cruzadas, salta el aviso automatico. Las causas mas habituales son:

  • Diferencias de criterio en la fecha de devengo entre comprador y vendedor.
  • Notas de credito, abonos o rectificativas no consolidados por una de las partes.
  • Operaciones intracomunitarias mal clasificadas que entran en el 347 por error.
  • Confusion entre importe con IVA y base imponible al sumar el acumulado.
  • Operaciones “a caballo” entre dos trimestres, imputadas en periodos distintos.

Ninguno de estos puntos implica fraude, pero todos generan un requerimiento que hay que justificar por escrito, a veces meses despues de presentar.

Como cuadrar antes de presentar

La mejor estrategia es preventiva. Antes de enviar el modelo:

  • Lista todos los clientes y proveedores con acumulados superiores a 3.005,06 EUR.
  • Compara cada total con tus extractos contables y con el IVA repercutido y soportado del Modelo 303.
  • Cruza las cifras con tus contrapartes mas relevantes cuando sea posible.
  • Revisa abonos y rectificativas del ejercicio para que cuadren en el trimestre correcto.
  • Documenta por escrito cualquier diferencia que ya sepas que es legitima.
  • Apoyate en el cierre anual como base de partida ya conciliada.

Para terminar

El Modelo 347 es informativo, pero no es trivial: una mala presentacion genera trabajo extra durante meses en forma de requerimientos. Una contabilidad al dia, un desglose trimestral limpio y un buen calendario de obligaciones fiscales reducen el riesgo a casi cero. Ver precios.