Impuesto de Sociedades y Modelo 200
El Impuesto de Sociedades grava el beneficio de las SL en Espana y se liquida mediante el Modelo 200 cada ejercicio.
El Impuesto de Sociedades es el tributo que grava el beneficio obtenido por las personas juridicas en Espana, principalmente las sociedades limitadas (SL) y anonimas (SA). A diferencia del IRPF, que recae sobre los autonomos, este impuesto recae sobre la propia sociedad como sujeto independiente. Se liquida una vez al ano mediante el Modelo 200, y a lo largo del ejercicio se anticipa con los pagos fraccionados del Modelo 202. Entender como se calcula la base y que ajustes aplican es clave para no pagar de mas ni exponerse a requerimientos de la Agencia Tributaria (AEAT).
Que es el Impuesto de Sociedades
Es un impuesto directo que grava la renta de las sociedades, es decir, su resultado contable corregido por las reglas fiscales. El punto de partida es siempre el beneficio del ejercicio que arroja la contabilidad, por lo que llevar una contabilidad ordenada conforme al Plan General Contable (PGC) no es opcional: es la base sobre la que se construye toda la liquidacion.
Estan sujetas, entre otras, las SL, las SA, las cooperativas y las asociaciones, aunque algunas entidades disfrutan de regimenes o exenciones especiales. Si todavia estas decidiendo la forma juridica, conviene revisar como constituir una sociedad limitada antes de asumir estas obligaciones.
Tipo general y tipos reducidos
El tipo general es el que se aplica con caracter ordinario a la mayoria de sociedades. Junto a el conviven varios tipos reducidos segun el tipo de entidad y su situacion:
| Situacion | Tipo aplicable |
|---|---|
| Sociedad ordinaria | tipo general |
| Empresa de reducida dimension | tipo general o reducido segun normativa |
| Nuevas sociedades (primeros ejercicios con beneficio) | 15 % |
| Entidades sin animo de lucro y cooperativas | tipos especiales |
Conviene confirmar el tipo concreto que corresponde a la sociedad cada ejercicio, ya que la normativa se actualiza con frecuencia y depende de la facturacion y de la naturaleza de la entidad.
Base imponible y ajustes
La base imponible no coincide exactamente con el beneficio contable. Se parte del resultado contable y se le aplican una serie de ajustes extracontables porque algunos gastos o ingresos tienen un tratamiento fiscal distinto al contable:
- gastos no deducibles, como las multas y sanciones o ciertos gastos sin justificacion suficiente
- diferencias temporarias, por ejemplo en amortizaciones o provisiones que la fiscalidad permite en momentos distintos
- compensacion de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores
- aplicacion de deducciones y bonificaciones, como las deducciones del Impuesto de Sociedades por I+D+i o por creacion de empleo
El registro contable del impuesto se anota como gasto por impuesto sobre beneficios , separando la parte corriente de la diferida.
El Modelo 200 y el plazo de julio
El Modelo 200 es la declaracion anual del Impuesto de Sociedades. El plazo general de presentacion es de 25 dias naturales tras los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el ano natural (cierre a 31 de diciembre), esto significa presentar hasta el 25 de julio del ano siguiente.
La presentacion es siempre telematica, a traves de la sede electronica de la Agencia Tributaria. Antes de presentar, las cuentas anuales deben estar formuladas y aprobadas, porque los datos del Modelo 200 proceden directamente de ellas. Por eso conviene tener cerrado el ejercicio y revisar los plazos del calendario fiscal con margen suficiente.
Pagos fraccionados del Modelo 202
A lo largo del ejercicio, las sociedades anticipan parte del impuesto mediante el Modelo 202, que se presenta en tres ocasiones al ano, normalmente en abril, octubre y diciembre. Existen dos formas de calcular el pago:
- Sobre la cuota del ultimo Modelo 200 presentado, aplicando un porcentaje fijo.
- Sobre el beneficio real acumulado del ejercicio en curso, obligatorio para las grandes empresas y opcional para el resto.
Estos pagos no son un impuesto adicional: son adelantos que se descuentan en la liquidacion final del Modelo 200. Si los pagos fraccionados superan la cuota final, la diferencia se devuelve o se compensa.
El tipo del 15 % para nuevas sociedades
Las sociedades de nueva creacion aplican un tipo del 15 % en el primer ejercicio en que obtienen base imponible positiva y en el siguiente. Es un incentivo pensado para aliviar la carga fiscal de los primeros anos de actividad. Para mantenerlo conviene cumplir los requisitos previstos, ya que no se aplica a sociedades consideradas patrimoniales ni a las que continuan una actividad ya ejercida por personas o entidades vinculadas.
Relacion con las cuentas anuales
El Impuesto de Sociedades es inseparable del cierre contable. La secuencia logica es: registrar todas las operaciones del ano, calcular el gasto por impuesto, formular las cuentas anuales y, despues, presentar el Modelo 200. Un cierre bien hecho evita correcciones posteriores y facilita el deposito de cuentas en el Registro Mercantil.
Errores frecuentes
- no realizar los ajustes extracontables y declarar el beneficio contable sin corregir
- deducir gastos que la normativa considera no deducibles
- olvidar compensar bases imponibles negativas de ejercicios anteriores
- calcular mal los pagos fraccionados del Modelo 202 y descuadrar la liquidacion final
- presentar el Modelo 200 sin haber aprobado antes las cuentas anuales
- aplicar el tipo del 15 % sin cumplir los requisitos de nueva sociedad