Muchos autonomos desarrollan su actividad total o parcialmente desde su propia vivienda. En esos casos, la ley del IRPF permite deducir una parte de los suministros del hogar, como la luz, el agua o internet. No se trata de deducir toda la factura, sino de aplicar una regla concreta que combina los metros afectos a la actividad con un porcentaje fijo del 30 %. Conocer bien este calculo evita problemas con la Agencia Tributaria (AEAT) y permite aprovechar una deduccion perfectamente legitima.

Cuando se aplica la deduccion de suministros

La deduccion esta pensada para el autonomo que trabaja desde su vivienda habitual, ya sea en propiedad o en alquiler. Para poder aplicarla deben darse dos condiciones basicas:

  • que parte de la vivienda este afecta a la actividad economica
  • que esa afectacion se haya comunicado a Hacienda

Es importante distinguir entre dos tipos de gastos. Los gastos de titularidad de la vivienda (como el IBI, la comunidad, el seguro o los intereses de la hipoteca) se deducen en proporcion a los metros afectos. Los suministros, en cambio, tienen su propia regla especial, que es la que desarrollamos en esta guia.

Los metros afectos a la actividad

El primer paso es determinar que proporcion de la vivienda se destina a la actividad. Para ello se comparan los metros cuadrados utilizados profesionalmente con la superficie total del inmueble.

Por ejemplo, si la vivienda tiene 100 m2 y se utiliza una habitacion de 20 m2 como despacho, la proporcion afecta es del 20 %. Esa cifra es la que figurara en el modelo de alta y la que sirve de base para el calculo posterior.

Conviene ser realista y honesto con esta proporcion. Declarar que la mitad de la vivienda esta afecta cuando solo se usa una habitacion es una de las situaciones que mas facilmente puede ser cuestionada en una revision.

La regla del 30 % sobre la proporcion

Aqui esta la clave del calculo. Sobre la proporcion afecta de la vivienda no se deduce el 100 % de los suministros, sino solo el 30 % de esa proporcion, salvo que se pueda probar un porcentaje superior.

El calculo se hace en dos pasos:

  1. se obtiene la proporcion de metros afectos sobre el total
  2. se aplica el 30 % sobre esa proporcion para hallar el porcentaje deducible del suministro

Veamos un ejemplo numerico con la vivienda anterior de 100 m2 y un despacho de 20 m2:

ConceptoValor
Superficie afecta20 %
Porcentaje de suministros (30 % sobre el 20 %)6 %
Factura anual de luzimporte segun consumo
Importe deducible de la luz6 % de esa factura

Es decir, de cada 100 euros de luz, agua o internet, el importe deducible seria de 6 euros en este caso. El resultado puede parecer modesto, pero a lo largo del año y sumando varios suministros la cifra cobra relevancia.

Que suministros se incluyen

La norma se refiere a los suministros vinculados a la vivienda. Los mas habituales son:

  • electricidad
  • agua
  • gas
  • internet y telefonia fija asociada al hogar

Quedan fuera de esta regla los gastos que no son suministros de la vivienda, como el material de oficina, que se deduce de forma independiente. Tampoco se incluyen aqui los gastos de titularidad del inmueble, que siguen la proporcion simple de metros afectos sin el 30 %.

Comunicacion del domicilio a Hacienda

Para que la deduccion sea solida, la afectacion parcial de la vivienda debe constar ante la AEAT. Esto se realiza en el alta o en una modificacion censal, indicando la referencia catastral del inmueble y el porcentaje de superficie afecta.

Esta comunicacion no convierte la vivienda en un local comercial ni cambia su naturaleza, simplemente deja constancia de que una parte se utiliza para la actividad. Sin esta constancia, justificar la deduccion en una comprobacion resulta mucho mas dificil.

La deduccion en el IVA

El tratamiento en el IVA es distinto y mas restrictivo que en el IRPF. Para los suministros de una vivienda parcialmente afecta, Hacienda exige que el bien o servicio este afecto de forma exclusiva a la actividad para poder deducir el IVA soportado.

Como la luz o el agua de un hogar se usan tambien para fines particulares, en la practica el IVA de los suministros del domicilio no suele ser deducible en el Modelo 303 de IVA trimestral , aunque si lo sea su parte proporcional como gasto en el IRPF. Es una de las diferencias que mas confunde a quien empieza.

Justificacion de la deduccion

Para sostener la deduccion conviene conservar la documentacion durante los años de posible revision:

  • las facturas de cada suministro a nombre del titular
  • los justificantes de pago (recibos o cargos bancarios)
  • el calculo de la proporcion afecta y de los metros cuadrados

Tener todo ordenado en tu software de contabilidad facilita reflejar estos importes en el IRPF del autonomo y enlazarlos con su tratamiento contable. Puedes repasar como se registran estas partidas en la guia sobre suministros y energia en el plan contable .

Errores frecuentes

  • deducir el 100 % del suministro olvidando aplicar el 30 % sobre la proporcion afecta
  • no comunicar la afectacion de la vivienda a la AEAT antes de deducir
  • usar facturas que no estan a nombre del titular de la actividad
  • confundir el regimen de los suministros con el de los gastos de titularidad del inmueble
  • intentar deducir el IVA de los suministros del hogar como si fuera un local exclusivo

Aplicar correctamente esta deduccion forma parte de una buena gestion de los gastos deducibles. Si quieres una vision de conjunto, revisa los gastos deducibles del autonomo y, en general, las guias de gastos y deducciones .

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