Alta de autonomo y tarifa plana
Darte de alta como autonomo implica el alta censal y en el RETA; la tarifa plana reduce la cuota durante los primeros meses.
Darse de alta como autonomo es un tramite mas sencillo de lo que parece, pero conviene hacerlo en el orden correcto y entender desde el principio las dos caras del proceso: el alta censal en la Agencia Tributaria (AEAT) y el alta en el RETA (Regimen Especial de Trabajadores Autonomos) de la Seguridad Social. Ademas, la mayoria de nuevos autonomos pueden beneficiarse de la tarifa plana, una cuota reducida durante los primeros meses de actividad. En esta guia repasamos los pasos, la eleccion de base de cotizacion, los requisitos de la tarifa plana y las obligaciones que aparecen justo despues del alta.
Pasos para el alta de autonomo
El alta se articula en dos tramites independientes que deben hacerse antes del inicio efectivo de la actividad:
- Alta censal en Hacienda mediante el Modelo 036 o 037, que comunica a la AEAT que vas a desarrollar una actividad economica.
- Alta en el RETA en la Seguridad Social, que activa tu cotizacion como trabajador por cuenta propia.
El orden recomendado es presentar primero el alta censal y, despues, el alta en el RETA. Esta ultima debe formalizarse, como muy tarde, el mismo dia en que comienzas la actividad.
Alta censal con el Modelo 036 o 037
El alta censal sirve para declarar tu actividad y las obligaciones fiscales que asumes. Tienes dos formularios:
- Modelo 037 (simplificado): para la mayoria de autonomos personas fisicas con una actividad sencilla.
- Modelo 036 (completo): para casos mas complejos, como operaciones intracomunitarias, varios epigrafes o regimenes especiales de IVA.
En este tramite indicas el epigrafe del IAE que corresponde a tu actividad, la fecha de inicio, el regimen de IVA aplicable y el regimen de IRPF (estimacion directa, normalmente). Es el momento de definir como tributaras, por lo que merece la pena revisarlo con calma, sobre todo si dudas entre autonomo o sociedad limitada .
Alta en el RETA
El alta en el RETA se gestiona ante la Tesoreria General de la Seguridad Social y es lo que te da cobertura por contingencias comunes, profesionales, incapacidad temporal y cese de actividad. Necesitaras un certificado digital o Cl@ve para tramitarla por internet.
En este paso eliges tu base de cotizacion, que determina la cuota mensual y las prestaciones futuras (baja, jubilacion, etc.). Conviene no minimizar la base de forma automatica: una base muy baja abarata la cuota hoy, pero reduce las prestaciones el dia de manana.
Eleccion de la base de cotizacion
La cuota de autonomos se calcula aplicando un tipo sobre la base de cotizacion elegida dentro de los tramos disponibles. A la hora de decidir, valora:
- El importe de la cuota mensual que puedes asumir al arrancar.
- Las prestaciones que quieres cubrir (cuanto mayor es la base, mayor es la futura pension o la prestacion por baja).
- Tu previsión de ingresos, ya que el sistema actual ajusta la cotizacion a lo que realmente ganas.
Tarifa plana y requisitos
La tarifa plana es una cuota reducida que permite pagar bastante menos durante los primeros meses de actividad, con una posible prorroga si los rendimientos netos se mantienen por debajo del Salario Minimo Interprofesional. Es uno de los principales incentivos para nuevos emprendedores.
Los requisitos habituales para acogerse son:
- Ser nuevo autonomo o no haber estado de alta en el RETA durante el periodo previo exigido.
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda.
- Solicitarla en el momento del alta en el RETA.
| Concepto | Tarifa plana | Cuota ordinaria |
|---|---|---|
| A quien se dirige | nuevos autonomos | resto de autonomos |
| Importe de la cuota | reducido y fijo al inicio | segun base de cotizacion |
| Duracion | limitada a los primeros meses | mientras dura el alta |
| Solicitud | al darse de alta en el RETA | no requiere solicitud |
Como las cuantias y la duracion se actualizan con frecuencia, confirma siempre las condiciones vigentes en la Seguridad Social antes de calcular tus numeros.
Nuevo sistema de cotizacion por ingresos reales
Desde la reforma del RETA, la cotizacion se basa en los rendimientos netos reales de la actividad y no en una base elegida libremente. En la practica:
- Al darte de alta haces una estimacion de tus ingresos y eliges el tramo correspondiente.
- A lo largo del ano puedes ajustar la base varias veces si tu previsión cambia.
- La Seguridad Social regulariza despues la cotizacion comparando lo cotizado con lo que realmente declaraste en el IRPF.
Tienes el detalle de como funciona este modelo en nuestra guia sobre la cuota de autonomos por ingresos reales , util para no llevarte sorpresas en la regularizacion.
Obligaciones tras el alta
Una vez dado de alta, asumes una serie de obligaciones fiscales y contables recurrentes:
- Emitir facturas completas y conservar las recibidas.
- Presentar el Modelo 303 de IVA trimestral y el Modelo 390 como resumen anual.
- Liquidar el IRPF del autonomo mediante los pagos fraccionados cuando corresponda.
- Llevar los libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversion.
- Pagar la cuota mensual del RETA.
Llevar al dia tus registros tambien te permite aprovechar al maximo los gastos deducibles del autonomo y reducir la base sobre la que tributas. Un software de contabilidad conectado al banco ayuda a automatizar estas tareas y a no perder facturas.
Errores frecuentes
- Darse de alta tarde: empezar a facturar antes del alta en el RETA puede generar recargos.
- No solicitar la tarifa plana en el alta: si no se pide en ese momento, se pierde el beneficio.
- Elegir mal el epigrafe del IAE o el regimen de IVA en el Modelo 036/037.
- Infraestimar los ingresos y enfrentarse despues a una regularizacion con diferencias a pagar.
- Olvidar las declaraciones trimestrales, lo que acarrea sanciones evitables.